Propiedad



Azul Martínez Riveroll
Unidad 5: Derechos de propiedad
Actividad 1



• ¿Qué es la propiedad como concepto? ¿Cuáles son sus tipos y modalidades?
La propiedad es el sentido de pertenencia y disposición de un bien de cualquier índole. La propiedad quiere decir el dominio que ejerce una persona ya sea física o moral sobre el bien y por lo tanto esto produce como consecuencia jurídica el derecho al goce y disfrute del mismo. Representa una forma de una atribución o adjudicación.
Los tipos de propiedad existentes según el artículo 27 constitucional son tres:

1. La propiedad pública, esta es la propiedad perteneciente al Estado, está sujeta a las disposiciones y usos que dicten las autoridades.

2. La propiedad privada, esta es la que puede disponer cualquier persona ya sea física o moral que no sea el Estado.

3. Propiedad social, es aquella donde el sujeto titular es una agrupación de naturaleza social, como lo son las comunidades agrarias, los ejidos y los sindicatos los cuales pueden legalmente ser dueños de bienes muebles, y de inmuebles en los términos que la legislación agraria y laboral indiquen respectivamente.

¿Por qué la propiedad es un bien jurídico tutelado en algunos derechos humanos a nivel constitucional?

Nuestra Carta Magna nos dice en el artículo primero que “…todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección…”.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, al ser un tratado internacional será obligatoria constitucionalmente. en el artículo 17 establece que toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente y que nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Dejando esto claro, la propiedad es un bien jurídico tutelado a nivel constitucional puesto que la propiedad es un derecho fundamental que se traduce en la atribución de un bien a una persona para que ésta pueda disponer válidamente del mismo; circunstancia que engendra consecuencias diversas que deben ser reguladas jurídicamente a fin de que se garantice dicha facultad de disposición a su titular.



*Burgoa, Ignacio. Garantías de propiedad. En las Garantías Individuales. Pp. 455 a 501. Editorial Porrúa. Edición 40ª. México 2008.

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